El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró un fallo histórico el miércoles pasado (17 de enero). Las mujeres podrán obtener estatus de refugiadas y pedir asilo a los estados miembro si en su país de origen se ven amenazadas de sufrir violencia física o psíquica debido a su género, esto incluye violencia sexual e intrafamiliar.
De acuerdo con datos de Naciones Unidas, se calcula que, en todo el mundo, 736 millones de mujeres (casi una de cads tres) han sido víctimas de violencia física o sexual por parte de su pareja, de violencia sexual fuera de la pareja, o de ambas, al menos una vez en su vida. El 30 % de estas mujeres tienen 15 años o más.
Además, menos del 40 % de las mujeres que experimentan violencia buscan algún tipo de ayuda. La mayoría acude a familiares y amistades, y muy pocas recurren a instituciones formales, como la policía o los servicios de salud. En efecto, menos del 10 % de quienes buscan ayuda presentan una denuncia ante la policía.
En este contexto, el fallo del Tribunal fue incentivado por un caso en particular: una mujer turca musulmana de origen étinci kurdo divorciada dijo haber sido forzada por su familia a casarse y sufrió violencia física de parte de su marido. Mientras su vida corría peligro, presentó en Bulgaria una solicitud de protección internacional.
“La decisión del Tribunal es bien interesante porque da cuenta de un problema muy presente en la realidad de las mujeres de todo el mundo”, dice a RED/ACCION Natalia Gherardi, abogada y Directora Ejecutiva del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género. “Es importante también porque puede ser invocado como una causa para abandonar el país de origen y radicarse en los países de la UE”, profundiza.
El comunicado oficial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que el estatuto de refugiado se concede en caso de persecución de un nacional de un tercer país por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a un grupo social particular. De esta forma, las mujeres serán consideradas pertenecientes a un grupo social y podrán tener las facultades que esto implica.
El fallo también establece que se puede apelar a la protección subsidiaria en caso de que un nacional de un país tercero no reúna los requisitos para ser refugiado, pero que aún así haya motivos fundados para creer que si regresa a su país de origen se enfrentaría a un riesgo real de sufrir daños graves.
En esta línea, Gherardi explica que sería una limitación importante a los efectos de la sentencia si se pidieran requisitos muy estrictos, como verificación de las afirmaciones de violencia de género, ya que al momento de denunciar muchas veces los peligros se agravan. “Exigir de modo inexorable cierto tipo de denuncia o procedimiento judicial en el país de origen puede implicar, en los hechos, establecer una barrera insuperable para algunas mujeres”, precisa la especialista.
Stephanie Walter, perteneciente a la organización Terre des femmes, dijo a DW que para que las mujeres puedan plantear las causas que las llevan a pedir asilo necesitan un “cierto macro” como, por ejemplo, un alojamiento seguro y asesoría especializada. Además, las causas por las que pueden pedir ayuda deben estar claras ya que muchas veces no saben que la ablación genital o el matrimonio forzado son justificación para considerarse refugiadas.
Pero ¿alcanza solo con refugiar a la mujer? La abogada Gherardi comenta que este proceso debe ser acompañado por otro tipo de recursos, como una vivienda, posibilidades de empleo, escolaridad para los hijos e hijas, oportunidad de acceso a la justicia. “Son medidas de apoyo muy importantes para todas las mujeres en situación de violencia de género, pero las mujeres sin redes de apoyo como son las mujeres migrantes o refugiadas, tienen más dificultades”, concluye.