Esta semana se celebra en todo el mundo la Semana Internacional Contra el Acoso Callejero, una fecha que busca visibilizar y concientizar sobre esta forma de acoso sexual que se basa en el género o en la identidad sexual de una persona. En Argentina, encuestas indican que el 100% de las mujeres sufrió acoso callejero al menos una vez en su vida. ¿Qué regulación existe sobre el tema y qué recursos hay para las víctimas? Te lo contamos en esta nota.
¿Qué dicen los datos sobre el tema? Según el estudio "Ella se mueve segura" del Banco de Desarrollo de América Latina y datos del Observatorio Ni una menos de MuMaLá, todas las mujeres en argentina declaran haber sido víctimas de acoso callejero por lo menos una vez. Asimismo, los datos indican que:
- El 70% recibió comentarios sobre su apariencia
- Al 37% un hombre le mostró sus partes íntimas
- A 3 de cada 10 las tocaron con intención sexual en la vía pública
- 9 de cada 10 mujeres sufrió 2 o más situaciones de acoso en el transporte público
¿Qué es considerado acoso callejero? Más allá de los comentarios verbales y los gestos obscenos, también se considera acoso callejero:
- La difusión de fotografías y grabaciones hechas sin consentimiento
- La persecución o arrinconamiento
- La masturbación en público
- Mostrar partes íntimas del cuerpo
- El contacto físico indebido y sin tu consentimiento
¿Qué regulaciones y sanciones existen sobre el tema? Hasta ahora, el acoso callejero es considerado una contravención solamente en la Ciudad de Buenos Aires, donde fue incluído al Código de Contravenciones en 2016. En diciembre de 2018, la legislatura porteña aprobó una modificación del Código que incrementa las penas para situaciones de acoso sexual callejero. Las sanciones incluyen entre 1 y 5 días de arresto, o multas económicas de entre $1,700 y $8,560. Además, esta modificación agrega al acoso sexual el “hostigamiento digital”, es decir, la difusión no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas.
¿Cuál es la situación a nivel nacional? Actualmente, existe un proyecto de ley impulsado por Olga Rista, diputada cordobesa por Cambiemos, que busca incorporar el acoso callejero al artículo 129 del Código Penal. La modificación establecería una multa de $1,000 a $15,000, que podría duplicarse en casos de que la víctima sea menor de 18 años o si el victimario es funcionario público o miembro de una fuerza de seguridad, policial o penitenciaria.
Además de la multa, el proyecto requiere que las personas que hayan cometido el acoso asistan por lo menos por tres meses a talleres o actividades educativas para la concientización y erradicación del acoso sexual callejero. La Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados avanzó con el dictamen del proyecto, pero todavía no ha sido votado en el recinto.
¿Qué pasa en otros países? En América Latina, Chile y Perú son dos de los países donde el acoso sexual callejero ya es considerado delito y tiene penas de hasta 8 años de cárcel. Por su lado, a finales del año pasado la Asamblea francesa aprobó multar con hasta 750 euros a los hombres que silben a mujeres en la calle.
¿Qué recursos existen para las víctimas? Si estás en la Ciudad de Buenos Aires o en el AMBA, podés hacer una denuncia a través de un mensaje del texto al 22676 (ACOSO). A través de esa línea también se puede recibir asesoramiento por parte de psicólogas y trabajadoras sociales. La denuncia se puede hacer de forma gratuita, las 24 horas, los 365 días del año. También podés hacer tu denuncia completando el siguiente formulario: