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Salir de casa

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Qué podemos hacer cuando salimos (y qué no)

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El Gobierno oficializó la extensión del distanciamiento social, preventivo y obligatorio en casi todo el país hasta el 20 de diciembre, en el marco de los protocolos sanitarios por la pandemia de coronavirus. Solo tres ciudades permanecen en cuarentena estricta tras varios meses de aislamiento.

Fuente: Decreto 956/2020 | Boletín Oficial de la República Argentina
Se reanudaron las operaciones de vuelos, micros y trenes de larga distancia bajo estrictos protocolos.

Fuente: Resolución 221/2020 y Disposición 271/2020 | Boletín Oficial de la República Argentina 
Si bien el gobierno nacional ya autorizó la libre circulación en casi todo el país, cada distrito en particular anunció sus propias condiciones para veranear en medio de la pandemia del coronavirus. Podés consultarlos aquí.

Fuente: Ministerio de Transporte de la Nación
Chequeá en el mapa debajo qué provincias te piden como requisito obligatorio que gestiones el Certificado Verano. Si vas a viajar en diciembre y el destino al que vas lo solicita, ya podés gestionarlo con los datos de tu estadía desde este link o desde la app CUIDAR.

Fuente: Ministerio de Turismo
En aquellos lugares donde la cuarentena es restrictiva, hay tres tipos de tareas exceptuadas con autorización para circular:
  • Actividades esenciales (son las mismas en todo el país).
  • Actividades no esenciales (autorizadas por cada jurisdicción, de las cuales muchas se irán sumando de forma escalonada a partir del 20 de julio).
  • Permiso especial para situaciones puntuales: Trámites impostergables, turnos médicos (válido por 48 horas); Asistencia a familiares, personas mayores, niños, niñas, adolescentes, o personas con discapacidad; tratamientos médicos prolongados.
El permiso se tramita desde este link o desde la app Cuidar.
Fuente: Decretos Nacionales 576 y 605 | Boletín Oficial de la República Argentina
Quienes violen las medidas de prevención de la pandemia van a estar sometidos a las penas que establece el Código Penal, que pueden implicar la detención de vehículos, o desde 2 meses a 15 años de prisión, según el caso. Fuente: Decreto Nacional 297/2020 | Boletín Oficial de la República Argentina
Está permitido asistir a personas mayores o con discapacidad. Podés llevarles comida y hacerles las compras, pero acordate de tomar todos los recaudos de higiene necesarios, por ejemplo, mantener la distancia de 1 metro, lavar las compras antes de entrar en la casa y recordarles que se laven las manos después de tocar objetos que trajeron de afuera.

A partir del último decreto se requiere un permiso especial, válido en algunos casos por 24 horas y sólo disponibles dos veces por semana.

Fuente: Decreto Nacional 576/2020 y Agencia Nacional de Discapacidad | Boletín Oficial de la República Argentina
Si pertenecés a alguno de los grupos exceptuados, tenés que tener con vos el nuevo certificado único, impreso o en la app Cuidar.
El nuevo Certificado Único Habilitante para la Circulación (CUHC) tiene validez nacional, aunque las actividades exceptuadas varían según cada provincia (revisalas acá).
No es necesario un permiso para hacer compras, por ejemplo, en el supermercado o la farmacia.


Fuente: Ministerio del Interior
La Ciudad y la Provincia de Buenos Aires prorrogaron la validez de las licencias de conducir.

La ciudad de Buenos Aires lo hizo de manera excepcional y por un año, para la vigencia de las licencias de conducir cuyo vencimiento opere entre los días 15 de febrero y 31 de octubre de 2020.

En la Provincia de Buenos Aires, se dio una prórroga por 180 días para los vencimientos de las Licencias de Conducir cuya caducidad esté comprendida entre el 15 de febrero y el 31 de agosto de 2020, inclusive, a partir de la fecha de vencimiento correspondiente.

Fuente: Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires y Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Sí, pero deberás contar con el nuevo permiso de circulación (a partir del 01/07). Será válido por 24 horas y sólo estará disponible dos veces por semana. Podés tramitar el permiso desde este link o desde la app Cuidar.

Fuente: Decreto Nacional 576/2020 | Boletín Oficial de la República Argentina
Su uso está permitido sólo para actividades esenciales y para quienes cuenten con el permiso de circulación. Las actividades exceptuadas de cada distrito deberán garantizar el traslado de sus trabajadores en auto u otro medio de transporte.

El Ministerio de Transporte informó que se suspenderán las tarjetas SUBE que hayan registrado viajes durante más de 2 días consecutivos en transporte de pasajeros urbanos de forma interjurisdiccional sin estar vinculadas a un permiso de circulación.Al usar el transporte público, el Ministerio de Transporte recomienda:
  • Limitar el uso del transporte público a lo mínimo e indispensable.
  • Si podés, viajá en automóvil, moto, bicicleta, o caminá.
  • Llevá tu permiso de circulación.
  • Se aconseja también a empresas y comercios la instrumentación de horarios laborales escalonados, para evitar horas pico.


Fuente: Ministerio de Transporte y Decreto Nacional 641/20
Por ahora, el sistema rige solo para el ramal Retiro-Tigre de la línea Mitre y es para el horario pico de la mañana. Los usuarios podrán elegir la fecha y el horario del servicio que precisen con hasta cinco días de anticipación. El trámite solo lo podrán realizar los pasajeros que cumplen con las tareas esenciales desde la página web de Trenes Argentinos, a través de la app “Reservá tu tren" (Android), o llamando al 0-800-222-8736 (TREN).

Fuente: Ministerio de Transporte de la Nación
Las mudanzas en la ciudad de Buenos Aires fueron autorizadas para realizarse sólo durante los fines de semana y a partir del 25 de Julio.

Las mudanzas en provincia de Buenos Aires quedarán habilitadas a partir del lunes 27.

Fuente: Decreto Nacional 605/2020 y Gobierno de la Ciudad
Los requisitos y protocolos que deberán cumplir las compañías de aviones, trenes y colectivos de larga y media distancia para su regreso, después de siete meses de cuarentena ya están listos.

En una primera etapa, la posibilidad de viajar en avión no estará abierta a todos los ciudadanos, sino acotada a trabajadores esenciales, personas que deban realizarse tratamientos médicos y otras que exhiban "razones de fuerza mayor" para hacerlo.

Fuente: Resolución 304/2020 | Boletín Oficial

Esta es una guía colaborativa

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