La Cámara de Diputados discutirá este miércoles (23/08) la reforma o derogación de la Ley de Alquileres 27.551 aprobada en 2019 y puesta en vigencia en 2020. La norma establece contratos de tres años con ajustes anuales, según el índice calculado en función de la inflación y el índice salarial ( RIPTE). Además, permite un mes de depósito de garantía y un mes anticipado para ingresar a la locación, así como la posibilidad de rescindir el contrato de manera anticipada por parte del inquilino a partir de los seis meses de vigencia de la celebración del acuerdo.
El escenario es complejo, ya que el contexto económico genera que los propietarios se encuentren en disconformidad con los plazos de actualización y los contratos de larga duración. Sin embargo, para la parte inquilina, la derogación de la Ley o la regresión a la anterior produciría un impacto negativo en sus bolsillos y posibilidades de acceder a una vivienda digna.
Además, sumado a la crisis habitacional existente y a la inflación, la volatilidad del dólar produce que los arrendatarios prefieran poner los alquileres en Airbnb que en contratos a largo plazo en pesos. O directamente alquilan en dólares y con contratos comerciales (que pueden ser de uno a tres años con actualizaciones semestrales).
Frente a este contexto, se resolverán dos dictámenes en Cámara Baja:
- Por un lado, el proyecto enviado por el oficialismo propone agregar beneficios fiscales para los propietarios y así incentivar la oferta de inmuebles, pero sin modificar la extensión de los contratos de alquiler y periodos de actualización.
- Por otro lado, el documento enviado por la oposición busca volver a la duración de dos años para los contratos de alquiler, fijar ajustes semestrales basados en índices que se acuerden por las partes y agregar incentivos tributarios para aumentar la oferta. Para lograr esto, el bloque necesitaría contar con 129 votos.
Además, existe una tercera parte del recinto que busca que la actual Ley de alquileres sea derogada en su totalidad para regresar a los artículos del Código Civil y Comercial derogados para la aprobación de dicha ley.