Al menos hasta finales de diciembre, AFIP mantiene vigente el régimen de reintegros para consumidores finales que realicen compras en carnicerías con tarjetas de débito, prepagas o similares, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras o fintech.
La medida reintegra el 10% de la compra a los consumidores finales de las carnicerías, e incluye un diferimiento por 90 días en el pago de obligaciones impositivas a los comercios enmarcados en esta actividad.
La medida prevista por AFIP contempla un reintegro del 10% del monto de la operación realizada en establecimientos dedicados a la comercialización de carne vacuna, con un tope de devolución de hasta dos mil pesos mensuales.
Mientras se encuentra vigente este programa, AFIP no discrimina por tipos de corte de carne en este reintegro, por lo que puede decidirse con libertad el consumo durante la semana o, inclusive, el fin de semana.
Las entidades financieras vinculadas deben acreditar la suma en las cuentas de los consumidores finales a los cuatro días de concretada la operación, y el detalle deberá figurar en el resumen de cuenta físico o electrónico de los clientes. Para ello, AFIP creó “Registro de Carnicerías”.
Hasta cuándo está vigente el reintegro de AFIP por la compra en carnicerías
Hasta el 31 de diciembre inclusive, según establece la normativa, el reintegro por compras en carnicerías se realiza a consumidores finales que realicen sus adquisiciones en los comercios inscriptos en el «Registro de Carnicerías».
Este beneficio se aplica sobre las compras abonadas con tarjeta de débito, prepaga o de estas características, que esté asociada a una cuenta abierta en una entidad financiera o en prestadores de servicios de pago (PSP).
También se recibirá el reintegro por las compras con tarjeta de débito a través de códigos QR.
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