Es importante aclarar que esto no busca dar respuestas, sino abrir una conversación y hacernos reflexionar.
Primero, reflexionemos sobre algunas preguntas:
💭¿Debería una persona poder pedir su muerte? ¿Quién se hace cargo de esa decisión?
🤔¿Cuánto dolor es demasiado?
💭¿Cómo saber si la persona está en condiciones de decidir?
🤔¿Cuál es el rol de la familia?
💭¿Qué pasa cuando no coincide lo que quieren el médico y el paciente?
🤔¿Qué requisitos debería establecer una hipotética ley para ejercer esta práctica?
Entendamos la definición de eutanasia:
👉Es la provocación de la muerte de un paciente a su requerimiento y en su propio beneficio, por medio de la administración de fármacos o tóxicos en dosis letales.
❗Aquí, la voluntad expresa del paciente, solicitada en forma clara y sostenida es fundamental.
Diferencias entre eutanasia y muerte digna
✋Eutanasia y muerte digna no son lo mismo.
Muerte digna es permitir morir (no dejar ni hacer morir). Y ya es un derecho en la Argentina, amparado por la Ley 26.742 de Derecho al Paciente y el artículo 59 del Código Civil.
Es el derecho de pacientes con enfermedades terminales a rechazar procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o el retiro de medidas de soporte vital cuando sean extraordinarias o desproporcionadas en relación con la perspectiva de mejoría, o produzcan un sufrimiento desmedido. Incluso, permite rechazar hidratación o alimentación por vía artificial.
Escuchemos opiniones diversas
🗣️Hay personas que piensan que la eutanasia en un delito, un acto de homicidio.
🗣️Y otras que piensan que es el derecho a morir con dignidad. Es entender que el paciente quiere despedirse, que ya no puede ni quiere continuar luchando por su vida.
¿Podría haber una ley de eutanasia en Argentina?
🔍Se está trabajando para presentar un proyecto de ley de eutanasia en el Congreso.
Será la “Ley Alfonso”, por Alfonso Oliva, un joven cordobés que murió en 2019, luego de pasar el último tiempo de su ¿vida? postrado, sin poder mover más que sus ojos, por una Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).
Requisitos que tendría la ley:
👉Voluntad expresa del paciente.
👉Sufrimiento físico o psíquico extremo.
👉Dolor irreversible.
👉Evaluación del caso por un consejo interdisciplinario.
👉Objeción de conciencia por parte del médico.
👉Se contemplaría tanto la eutanasia (el médico administra el medicamento que produce la muerte) como el suicidio asistido (el propio paciente se autoadministra la droga provista por el médico).
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